jueves, 16 de enero de 2014

Otra acción de la justicia venezolana

 Prensa Opción Obrera 27 Enero - Febrero 2014


EL SECUESTRO DEL VASCO ASIER GURIDI Y SU EXTRADICIÓN SOLICITADA POR ESPAÑA

Por Roberto Yépez
La captura

El día 20 de septiembre del  2013 el CICPC e INTERPOL, en una acción tipo comando, es realizada la captura de Asier Guridi Zaloña, en presencia de esposa, su hijo, la maestra y sus alumnos porque estaba dejando  a su hijo a primera hora de la mañana en una escuela en Turmero, estado Aragua. Ese mismo día es llevado a Caracas a la sede del CICPC en Parque Carabobo. De allí es llevado a la morgue de Bello Monte para ser sometido a evaluación médica antes de ser entregado al SEBIN en Plaza Venezuela y terminar recluido en horas de la noche en la sede del SEBIN en El Helicoide.

A Asier ni a nadie interesado por él, se le comunicó el motivo de su detención, ningún fiscal, juez o tribunal se apersonó en el lugar de la detención ni fue trasladado a los tribunales. Asier es un perseguido vasco por la Corona española y sus policías.

Probablemente esta acción ejecutada en la República Bolivariana de Venezuela es en complacencia de lo requerido por la Guardia Civil española, añadiéndole un Tratado de Extradición entre Venezuela y España, nada socialista sino todo lo contrario.


Reclusión, aislamiento sin derecho a la defensa

El 19 octubre se introdujo un Habeas Corpus, “La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuesta por cualquier persona; y el detenido o detenida será puesto o puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna”, Artículo 27, CRBV. Como respuesta la jueza del caso contraviene toda la normativa constitucional y legal venezolana, y se desentiende.

Respecto al trato dado a Asier en el SEBIN, le confiscaron cartas que había escrito a distintos destinatarios, y fue despojado de papeles en blanco, bolígrafos y lápices para comunicarse con el exterior, inclusive se le impuso a los otros reclusos que no hablaran con Asier Guridi, pues esto significaría endurecimiento de sus condiciones de prisión.

Liberación

El 22 de noviembre, luego de iniciado días antes un AYUNO PROLONGADO, Asier es notificado por el SEBIN de su liberación. Tampoco hubo presencia de fiscales, jueces o tribunales. Para el SEBIN, Asier Guridi Zaloña estaba bajo “resguardo humanitario”. Se le mantiene en libertad si se reporta diariamente al SEBIN, no participa en actos políticos, ni dé ruedas de prensa o declaraciones a los medios, en otras palabras, si acepta que sus derechos civiles en Venezuela también sean irrespetados.

La extradición a España sigue pendiente

La libertad condicionada de Asier Guridi no resuelve el problema de su posible extradición a España. Asier Guridi Zaloña solicitó al gobierno venezolano estatus de refugiado y para tal fin presentó los debidos recaudos que demuestran haber sido torturado con anterioridad en comisarías y prisiones españolas.

También tiene solicitado el asilo político a la Cancillería. Ante ésta, Asier Guridi Zaloña ha suministrado los recaudos demostrativos de las torturas vividas por él en cárceles españolas y soporte de sentencias dictadas por distintos Tribunales Europeos en las que deniegan extradiciones de vascos a España por riesgo de torturas o denuncian al Estado Español por no investigarlas.

En el TSJ un magistrado ha sido instruido para evaluar una solicitud de extradición que la Cancillería ha recibido de la justicia española. Como con Julián Conrado, con Asier Guridi Zaloña ni la condición de refugiado ni el asilo político han sido considerados. Es necesario difundir por todos los medios posibles la situación por la que está pasando el compañero vasco. El asilo político, una norma para cualquier gobierno que se reclame democrático y progresista, y la libertad con plenos derechos para él y su esposa e hijo venezolanos, deben ser sostenidos por los defensores de los derechos humanos y civiles de toda la humanidad.


ASILO POLÍTICO YA Y LIBERTAD PLENA PARA ASIER GURIDI ZALOÑA

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